Especificaciones
ATENCIÓN
A partir del ingreso a la Ciudad de Laboulaye y hasta obtener el resultado NEGATIVO del laboratorio por COVID-19 la persona debe realizar Aislamiento Social, Preventivo y Voluntario. APELAMOS A LA RESPONSABILIDAD COLECTIVA.
RESULTADO DE LABORATORIOS DE COVID 19
El resultado de los laboratorios serán comunicados vía telefónica a la persona correspondiente 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores a la realización del estudio o el tiempo que el análisis requiera. La certificación de dicho laboratorio puede recibirlo vía plataforma ciudadano digital.
- Si el resultado obtenido fuera "NO DETECTABLE" (NEGATIVO) será comunicado vía telefónica y la persona tendrá el alta de aislamiento.
- Si el resultado obtenido fuera "DETECTABLE" (POSITIVO) para SARS-COV2 o se relacionara como contacto estrecho con un paciente positivo, será comunicado vía telefónica indicándose en tal oportunidad cómo deberá proceder para cumplir con el aislamiento bajo la modalidad y plazos previstos en la normativa sanitaria local vigente.
COSTO DEL LABORATORIO PARA DETECCIÓN DE COVID-19
El costo del laboratorio aplicado a las personas que regresan luego de 48hs. a la Ciudad de Laboulaye será a cargo del Sistema y Servicio de Salud Público.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Ante la infracción a las normas dispuestas para la protección de la Salud Pública en el marco de la Emergencia Sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los Artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.
ARTÍCULO 293 (CÓDIGO PENAL ARGENTINO). - Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, el que insertare o hiciere insertar en un instrumento público, declaraciones falsas concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo pueda resultar perjuicio.
Si se tratase de los documentos o certificados mencionados en el último párrafo del artículo anterior [documentos destinados a acreditar la identidad de las personas], la pena será de 3 a 8 años.
ARTÍCULO 205 (CÓDIGO PENAL ARGENTINO).- Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
Los datos marcados con * (asterisco) son obligatorios y necesarios. No serán válidos los formularios que se encuentren incompletos o que contengan datos falsos o inexactos.
CONFIDENCIALIDAD
Al dejar tus datos prestas tu consentimiento para recibir por whatsapp, correo electrónico, mensaje de texto, llamada telefónica y demás canales digitales, información pertinente a las medidas de prevención acorde a los protocolos vigentes.
Los datos personales ingresados, se manejaran con confidencialidad.
SI TENES SÍNTOMAS
- Comunícate con el Centro de Atención COVID-19 03385-15441398 Escribí mensaje o Whatsapp TODOS los días de 8:00hs. a 18:00hs.
- Acércate por la MAÑANA al Consultorio de Febriles del Hospital Ramón J. Cárcano.