Inscripción a capacitación virtual de RIPS para Prestadores que realizan atenciones a Pacientes particulares - Resolución 3374 de 2000
IMPORTANTE
Respetado Prestador, por favor tenga en cuenta que si usted presta atenciones en otra ciudad o municipio usted puede asistir a la capacitación.
Sin embargo, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución 3374 de 2000, emitida por el Ministerio de Salud, "...Los datos de la prestación individual de servicios de salud pagados particularmente por los usuarios deben ser enviados por los prestadores de servicios de salud a las direcciones locales de salud, de acuerdo con el estándar de datos definido en esta Resolución", por lo tanto, si usted requiere resolver las dudas puntuales sobre el reporte de atenciones en otras ciudades debe dirigirse al ente encargado de recibir la información en su respectiva ciudad o municipio.