El
Permisionario recibirá las salas y demás dependencias en el estado en que se
encuentran, haciéndose responsable de la devolución de todos los elementos en
el mismo estado, obligándose a efectuar las reparaciones de los desperfectos y
daños que causaren a los existentes -en un periodo no mayor a treinta días
corridos contados desde la realización del evento-. Asimismo se comprometen a
reponer los elementos en caso de pérdidas, debiendo ser de idénticas
condiciones, con el fin de no alterar el inventario del Centro. Finalizada la
actividad el locatario deberá disponer del retiro de todos sus elementos. Si en
el término de veinticuatro (24) horas así no ocurriera, dichos elementos serán
inventariados y colocados en depósito, quedando sujetos al alquiler que
corresponda, salvo excepción otorgada por la dirección del Centro.
La
Sala Canelo (Auditorium) cuenta con las siguientes condiciones de uso particulares:
- No está permitido ingresar ni
consumir alimentos ni bebidas dentro de la misma.
Cuarta:
El Permisionario se compromete a pagar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas
antes de la actividad, por: Uso de las Salas Cuando una actividad sea agendada con carácter de urgencia, y en un
plazo menor a las cuarenta ocho horas especificadas anteriormente, el
Permisionario deberá abonar el monto estipulado por el uso de las salas en el
mismo momento de agendar la mencionada actividad. En caso de actividades en las
que se requiera la instalación de stands accesorios, el costo por los m2
utilizados deberá abonarse previo a la apertura de dicha exposición, en horario
habitual de la Administración Pública.
En aquellas actividades que ocupen el cincuenta por ciento (50%) o el cien por
cien (100%) de las instalaciones, el Permisionario acepta reservar y depositar
en concepto de seña, el diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto.
Si por cualquier motivo se cancela la reserva el Permisionario perderá la seña
abonada, facultándose al Centro de Congresos y Exposiciones, a adjudicar las
instalaciones a terceros..
El usuario deberá solicitar al Permitente el Visto Bueno en el momento de la
entrega de las instalaciones, en el estado en que fueron recibidas las mismas;
a los efectos de liberarse de la responsabilidad que le cabe en caso de
verificarse daños o deterioros imputables al Permisionario.
No se podrán contratar servicios gastronómicos ajenos al servicio de buffet con
que cuenta la totalidad del Centro de Convenciones y Exposiciones, los que
quedarán sujetos a las condiciones del Pliego General que rige la concesión,
que se otorgó con carácter exclusivo al actual prestador de ese servicio. Las
degustaciones, muestras gastronómicas u otros casos no contemplados en la
concesión del servicio gastronómico, podrán realizarse previa autorización
solicitada por escrito a la Dirección del Centro, para lo que será necesario
acompañar una descripción detallada de las actividades gastronómicas del
evento.
En ningún caso el Centro de Convenciones y Exposiciones responderá ante el
Permisionario o terceros, de hechos o actos que pudieran generar las relaciones
de éste con terceros, o por las pérdidas o deterioros que sufrieran las obras o
material expuesto, cualquiera fuera la causa que los produjera.
El permisionario tendrá a su cargo el pago de impuestos tales como:
S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., Argentores, etc. cuando las actividades a
desarrollarse, así lo requieran.
Queda prohibida toda publicidad comercial, ajena a la actividad, en el frente del
edificio, sólo se admitirán los relativos a la promoción del evento y en los
lugares que a tal fin la Administración del Centro indique. Cualquier excepción
deberá contar con el visto bueno de la misma.