NORMAS DE CONDUCTA EN LA AUDIENCIA PÚBLICA
A fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos, orden y seguridad en la Audiencia Pública, debe cumplir las siguientes normas de conducta durante su participación:
1. Los participantes deberán mantener los micrófonos apagados, lo activarán en caso hagan uso de la palabra.
2. Para el uso de la palabra, los participantes deben inscribirse previamente, si durante el desarrollo de la Audiencia Pública algún participante se motiva a hacer uso de la palabra; deberá por el chat, identificarse y remitir sus datos completos; una vez culminada la participación de los inscritos previamente, se concederá el uso de la palabra siempre que los tiempos se encuentre en el horario de duración previsto para la Audiencia.
3. Sus intervenciones en el uso de la palabra deben estar relacionados al correcto uso de los bienes y recursos públicos.
4. El uso de la palabra será en estricto orden, conforme a la inscripción realizada. El moderador irá concediendo el uso de la palabra, que tendrá una duración máxima de dos (2) minutos por ciudadano.
5. Al hacer uso de la palabra los participantes deben identificarse mencionando sus nombres y apellidos. Se sugiere que durante este momento mantenga su cámara encendida.
6. En caso el participante se exprese en términos ofensivos o agraviantes, produzca desorden o se afecte el normal desarrollo de la Audiencia Pública, el moderador dará por concluida su participación.
7. Los participantes se comprometen a mostrar respeto durante el desarrollo de la Audiencia Pública, manteniendo los micrófonos apagados y no hacer anotaciones en la pantalla del expositor.
8. No estará permitido perturbar el orden, desarrollo y participación en la Audiencia Pública. Ante cualquier inconducta el moderador exhortará a mantener el orden, de persistir estas acciones, se podrá retirar de la sala virtual al o a los infractores.
9. Está prohibido realizar actos de proselitismo político y de propaganda electoral.
10. No está permitido realizar manifestaciones de aprobación o desaprobación durante el desarrollo de la Audiencia Pública y los participantes deben estar atentos en todo momento.
11. Si no existieran las condiciones mínimas para realizar la Audiencia Pública , o no pudiera instalarse o continuarse, La Contraloría podrá darla por concluida.
Por medio del presente, declaro haber leído y aceptado las normas de conducta para la participación en la Audiencia Pública, organizada por La Contraloría General de la República.