15.
Andres Cifuentes, trabaja como auxiliar de bodega de
una empresa farmacéutica hace más de 2 meses, dentro de sus funciones se
encontraba el realizar ingresos de mercancía, al software de la empresa, razón
por la cual, hacía uso permanente del computador que se encontraba en la
bodega. En una oportunidad su jefe inmediato observo que el Sr. Andres, estaba haciendo
uso de su correo electrónico personal, y de otras páginas que no eran necesarias
para el desarrollo de sus labores, a lo que él decide llamarle la atención y
solicita explicación de lo sucedido. Andres, le manifiesta a su jefe, que esas páginas
son de la universidad, para cargar los trabajos, porque desde su casa, no había
tenido tiempo el día anterior, a lo que su jefe, le da autorización para
realizarlo, siempre y cuando su trabajo se encuentre al día. Sin embargo, días
después su jefe inmediato se percata de que Andrés, además de ingresar a las páginas
de la universidad, y a su correo electrónico personal, también aprovecha para
ingresar a Facebook y a YouTube en horario laboral, por lo que le llama la atención
a Andres, le hace un informe disciplinario, y solicita al área jurídica que el
trabajador sea llamado a descargos. Por lo anterior, Andres decide radicar
queja ante el Comité de Convivencia laboral argumentando persecución laboral
por parte de su jefe inmediato.
Respecto al caso
anterior, usted considera que: