Autorización derechos de imagen
Estimadas familias:
El derecho a la propia imagen está reconocido en el artículo 18.1 de la Constitución y regulado por: 1. Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. 2.- Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. 3.- Ley de 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal. 4.- Por la Instrucción 2/2006, de 15 de marzo, sobre el Fiscal y la Protección del Derecho al Honor, Intimidad y Propia Imagen de los Menores.