Sistema de Libros Electrónicos Tributarios
Instrucciones
Este cuestionario tiene un valor de 100 puntos y el objetivo es poner en práctica los conocimientos adquiridos mediante la capacitación.  Para obtener el diploma respectivo al tema, tiene que aprobar la evaluación con un mínimo de 70 puntos.  Al aprobar recibirá al correo electrónico que registre al momento de llenar este formulario, el diploma correspondiente.
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NIT (sin guion), CUI (DPI). si no posee colocar N/A.
Instrucciones: a continuación, se le presentan varios enunciados donde deberá seleccionar Falso o Verdadero según corresponda.  Por cada respuesta que esté correcta se le asignarán 10 puntos.
1. La herramienta Libro Electrónico Tributario (LET) se utiliza para facilitar el llenado del libro de compras y ventas del pequeño contribuyente y libro de compras y ventas del pequeño contribuyente para regímenes simplificados o especiales del IVA.   
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2.  Dentro de las principales obligaciones de  los contribuyentes podemos mencionar: Habilitar libros, operarlos en la forma en la que establece la ley y llevarlos al día.   
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3.  Dentro de los requisitos indispensables para utilizar la herramienta LET, será necesario habilitar el libro de compras y ventas en forma computarizada.  
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4.  La herramienta LET, se localiza en Declaraguate, allí podrá realizar el registro de las facturas en el formulario SAT 7121.  
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5.  En el menú principal de la Agencia Virtual  «SERVICIOS», podrá generar el reporte de su libro de compras y ventas del pequeño contribuyente.   
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6.  La herramienta LET, la pueden utilizar  los contribuyentes que solo emiten facturas en papel. 
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7.  El formulario SAT 2046, puede generarlo al finalizar el llenado del Libro Electrónico Tributario. 
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8.  Al finalizar la operación de las facturas en la herramienta LET, se pueden  presentar formularios sin valor o con valor, esto para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. 
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9.  Para consultar o descargar el registro del Libro Electrónico Tributario de meses anteriores, se ingresa a la herramienta Declaraguate y se selecciona el año y el mes que desee visualizar o descargar. 
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10.  Los contribuyentes que elijan el régimen Especial Agropecuario, o el régimen Electrónico Especial Agropecuario o el régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente, pueden utilizar LET. 
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