Parafraseando a Cayo Pérez, hay aspectos que pudieran limitar la accesibilidad universal y diseño para todas las personas, sea por limitaciones financieras o por la variedad de condiciones que pudiera tener la población, entre otras.
Es allí donde surge la necesidad de hacer uso de la estrategia de ajustes razonables, con la finalidad de garantizar el derecho a la educación de las personas con discapacidad y, por ende, a cualquier tipo de población.
Entonces, busquemos la definición de este concepto. Para ello acude al "Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo", Revisa el artículo 2 "definiciones" y busca dicho concepto para responder la pregunta siguiente.
https://www.un.org/disabilities/documents/convention/convoptprot-s.pdf