REGISTRO DE SERVICIO DOMÉSTICO Y DEMÁS PRESTACIONES EN HOGARES - DTO. 370/2020 BRAGADO
Las actividades habilitadas son: apoyo terapéutico a adultos mayores o personas con discapacidad; cuidado de enfermos; cuidado de adultos mayores; cuidado de niños, niñas y adolescentes; tareas de higiene y mantenimiento en casas de familia y demás prestaciones domiciliarias habituales de manera diaria o semanal.
HORARIO: LUNES A VIERNES DE 8 A 16 hs.
• En el caso la realización de tareas de higiene y mantenimiento domiciliario, las personas que allí se domicilien o trabajen, no deberán compartir el espacio con el trabajador o trabajadora.
• El empleador deberá proveer al trabajador o trabajadora de un espacio de higiene y cambiado, así como también de guarda de vestimenta y elementos personales.
• En todos los casos será obligatorio el uso de cubreboca, guantes y todo el equipamiento de higiene necesario que resguarde tanto a los trabajadores y trabajadoras como también al grupo familiar beneficiario de la tarea, que deberá ser provisto por el empleador.
• Será obligatorio la desinfección y cambio de calzado, así como también contar con indumentaria de protección no contaminada por el ambiente exterior, tales como guardapolvos, ambos, o mamelucos.
• Controlar los síntomas del COVID 19 antes de ingresar al domicilio (fiebre, tos seca, perdida de olfato, dificultades respiratorias, mialgia, dolor de garganta)
• Tampoco se deberá concurrir en caso de que alguno de los miembros de la familia donde se desempeñan las tareas presente tales síntomas y/o se encuentre en estudio como caso sospechoso.
IMPORTANTE! Los permisos serán enviados de forma digital al e-mail que Ud declare en el presente formulario.