Encuesta Virtual a Personas con Discapacidad y Organizaciones que las Representan
CONSULTA A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y ORGANIZACIONES QUE LAS REPRESENTEN EN EL ESTADO DE CHIAPAS, RESPECTO A LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD NÚMERO 297/2020 RELATIVO A LA LEY PARA LA INCLUSIÓN DE LA PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, QUE CONTIENE EL PROVEÍDO DICTADO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
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Aviso de Privacidad Simplificado para imágenes, fotografías, audio y video. El Honorable Congreso del Estado de Chiapas, a través de las Comisiones Unidas de Educación y Cultura y de Atención a Grupos Vulnerables, recabará y utilizará sus datos personales; como fin primario, realizar su registro en audio, fotografías y vídeo, sobre la consulta previa, libre e informada y de buena fe a las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, en el Estado de Chiapas, sobre opiniones, propuestas o recomendaciones, en materia de Educación Inclusiva y Educación Especial contenida en la Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Chiapas, y en materia de Inclusión, contenida en la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de Chiapas, así como en la elaboración de la memoria de imágenes, acervo documental, elaboración de informes y demás actividades competentes para este Poder Legislativo, y como fin secundario en las actividades de difusión y promoción de las acciones que el Honorable Congreso del Estado llevará a cabo durante las asambleas de consulta. Usted podrá ejercer sus derechos ARCO, u oponerse al fin secundario mediante solicitud al correo electrónico unidad_transparencia@congresochiapas.gob.mx  dirigido al Titular de la Unidad de Transparencia, o acudir al módulo de la Unidad de Transparencia ubicado en Edificio Plaza, 1er. Piso localizado entre Avenida Central Oriente y  1ª. Sur Oriente S/N, Colonia Centro CP.29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, o comunicarse al teléfono: 9616136180 o bien ante la Plataforma Nacional de Transparencia siguientehttp://www.plataformadetransparencia.org.mx. Los procedimientos para ejercer los derechos ARCO se encuentran previstos      en los capítulos I y II del Título Tercero de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como en los Capítulos I y II del Titulo Tercero de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Chiapas. Usted puede consultar el aviso de privacidad

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