Artículo 55. REQUISITOS PARA
MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA.
1. Ser asociado hábil con un mínimo de tres (3)
años de asociación a FONSALUD.
2. En los últimos cinco (5) años no haber recibido
sanciones de FONSALUD u otras entidades de la economía solidaria, ni haber
hecho dejación de ningún cargo en FONSALUD sin justa causa.
3. Poseer experiencia y conocimiento en la
actividad que desarrollan las entidades de la economía solidaria, así en temas
necesarios para la administración de FONSALUD.
4. Haber participado en los últimos tres (3) años
en el semillero de líderes o en algún comité o en la Junta directiva o en el
Comité de Control Social de FONSALUD.
5. No tener calificaciones crediticias vigentes en
categorías D, E o cartera castigada por obligaciones directas, según reporte en
centrales de riesgo e información financiera. El Comité de Control Social podrá
decidir en caso que el reporte negativo se trate de un error que pueda corregirse
mediante reclamo a la Central de Riesgo.
6. No estar reportado en listas vinculantes, de
acuerdo con los sistemas de administración de prevención de lavado de activos y
financiación del terrorismo.