Rentas del trabajo - Empleados en relación de dependencia
Instrucciones
Este cuestionario tiene un valor de 100 puntos y el objetivo es poner en práctica los conocimientos adquiridos mediante la capacitación.  Para obtener el diploma respectivo al tema, tiene que aprobar la evaluación con un mínimo de 70 puntos.  Al aprobar recibirá al correo electrónico que registre al momento de llenar este formulario, el diploma correspondiente.
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NIT (sin guion), CUI (DPI). si no posee colocar N/A.
Instrucciones: a continuación, se le presentan varios enunciados donde deberá seleccionar Falso o Verdadero según corresponda.  Por cada respuesta que esté correcta se le asignarán 10 puntos.

1.        Son sujetos pasivos del Impuesto Sobre la Renta, en Rentas del Trabajo, las personas individuales que obtengan ingresos por la prestación de sus servicios en relación de dependencia.  

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2.       Al total de retribuciones o ingresos en dinero, cualquiera que sea su denominación o naturaleza se le denomina renta neta.

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3.       A los viáticos o gastos de representación, no sujetos a liquidación se les considera parte de la renta bruta.

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4.       Las indemnizaciones o pensiones percibidas por causa de muerte o incapacidad,  forman parte de las rentas exentas.  

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5.       Las donaciones a asociaciones y fundaciones sin fines de lucro y las primas de seguro de vida no dotal exclusivo para el trabajador, forman parte de las deducciones que el trabajador puede presentar en la liquidación de fin del período como empleado en relación de dependencia.

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6.       Si a la renta bruta le resto las rentas exentas, obtengo la renta imponible.

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7.       Responsabilidad solidaria, se refiere a que tanto la empresa como la persona encargada del pago de sueldos y salarios, tienen que cumplir con el pago del ISR en relación de dependencia de los trabajadores, si corresponde.

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8.       Está obligado a retener ISR todo patrono que pague cualquier remuneración o los  empleados y funcionarios públicos a cargo del pago de sueldos o remuneraciones.

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9.       Cuando se tiene pago de horas extras, incremento salarial o bonificaciones adicionales, el patrono debe realizar la actualización en el Sistema RetenISR  

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10.       La presentación de la Planilla del IVA es de carácter obligatorio, dentro de los primeros 10 días hábiles del mes de enero del año inmediato siguiente. 

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