Los/as abajo firmantes,
docentes, investigadores/as e integrantes de organizaciones de distintas
provincias de Argentina, expresamos nuestra preocupación por la amenaza de
despojo de los territorios ancestrales que sufre la comunidad Yariguarenda
perteneciente al Pueblo Guaraní, en la localidad de Tartagal del Departamento San Martín, Provincia
de Salta.
El 18 de diciembre de 2023, el Banco de la Nación Argentina
(BNA) procedió a un remate judicial del territorio ancestral de esa comunidad,
por compensación de deuda en relación a un juicio de 1996 que inició el BNA
contra uno de los titulares registrales, Francisco Martínez.
Sin embargo este riesgo de despojo territorial es de larga data.
La comunidad viene siendo objeto de atropellos desde los la década de 1930: ha
sido atravesada por líneas destinadas a las prospecciones petroleras, además de
una intensa actividad extractiva de empresas madereras, lo que significo
cambios sustantivos en la biodiversidad del monte nativo. Esto generó grandes
perjuicios para la comunidad ya que hubo cambios irreparables en la naturaleza,
con la cual este pueblo se vincula y que es el sustento de la vida de
sus integrantes. A su vez, en 1970, se aceleró la compra de tierras
comunitarias y la explotación de grandes espacios para la producción de hortalizas
y de monocultivos. Desde entonces, la comunidad ha sido objeto de desalojos,
intimaciones y atropellos.
Pese a ello, la comunidad ha continuado habitando sus territorios,
cuidándolos, produciendo alimentos agroecológicos que permiten la subsistencia
de niños/as y adultos/as del mismo pueblo indígena y de la localidad de
Tartagal y generando proyectos de turismo rural comunitario donde enseñan sobre
el cuidado integral de la naturaleza
Con esta historia de despojo y resistencia la
comunidad llega a la situación de crisis territorial por la subasta que intenta
realizar el Banco de la Nación Argentina, interponiendo frente a ello una
acción de amparo colectivo, medida a la que dio lugar el Juzgado Federal de
Tartagal, por estar, el catastro, dentro del territorio relevado por el
Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) en 2012. Así, en un fallo
del 9 de enero pasado, la jueza federal Soledad Ivana Hernández ordenó
suspender la venta "hasta tanto se dicte sentencia definitiva (...) sobre
el fondo de la cuestión" y el mismo Juzgado estableció que el despojo de
tierras atentaba contra la continuidad cultural y la vida misma de la
comunidad.
Cabe mencionar que el derecho indígena a los territorios que
habitan están reconocidos por la Constitución Nacional Argentina (artículo 75
inciso 17 de la Constitución Nacional), por el Decreto de Necesidad y Urgencia
N° 805/2021 que dispone la prórroga de los plazos de la Ley N° 26.160,
estableciendo así la suspensión de sentencias, actos procesales o
administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras
ocupadas por comunidades indígenas originarias del país, así como por
normativas internacionales de rango constitucional, como la Declaración Nº 169
de la Organización Internacional del Trabajo.
En ese marco, expresamos nuestro apoyo al pedido de la Comunidad
de cancelar la subasta pública. Debe tenerse presente además que el único
oferente, el señor Dante Galeano, pretende instalar emprendimientos turísticos en el
lugar (la empresa Tar- Tur SAS). Esta situación preocupa a la comunidad que
entiende, que el mismo provocara impactos mayores y de características
irreversibles, por las implicancias de un emprendimiento de turismo instalado
en territorio comunitario.