Encuesta sobre Violencia y acoso en el Mundo del Trabajo con perspectiva de género(s)

Usted ha sido invitado/a a participar en un estudio de investigación a partir de un cuestionario de 44 preguntas, dirigido a todos/as los/as trabajadores del sector público de salud. Tómese un tiempo para leer detenidamente la siguiente información antes de decidir si desea participar.
La encuesta es parte de un proyecto cuyo propósito es: comprender mejor el problema de la violencia y acoso en el mundo del trabajo en el sector de la salud, a partir del intercambio de diagnósticos regionales sobre la problemática.
El objetivo de la investigación es: a) identificar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo con perspectiva de género(s), intentando realizar y extraer valores más probables de infidencias y cruces de violencia y acoso, b) determinar la prevalencia de la violencia y el acoso, c) evaluar la percepción del trabajador/a sobre la gestión de la violencia y el acoso d) determinar las medidas de prevención y protección sindical ante la violencia y acoso de género(s) en el sector salud.
Los/as participantes han sido elegidos/as en función de su experiencia, de su sindicato y trabajo, e incluyen trabajadores/as del sector salud del área pública.

1) CONSENTIMIENTO E INFORMACIÓN
La participación es voluntaria y usted es libre de no contestar la encuesta.
Al completar la encuesta, confirma que ha leído y comprendido el material de “Introducción sobre terminología” que se encuentra más abajo. Además, al completar la encuesta, usted confirma que está dispuesto/a a participar en el presente estudio de investigación.
Los datos que suministre se tratarán como confidenciales y se mantendrán en un almacenamiento seguro en todo momento de acuerdo con el Reglamento general de protección de datos. El material puede ser utilizado en futuras publicaciones, tanto impresas como en línea. Puede solicitar recibir un resumen escrito de nuestros resultados o resultados finales (por ejemplo, artículos de revistas) en cualquier momento.
Toda la información que usted facilité será anónima y confidencial, sujeta a la Ley de Estadística (Ley 25.326 de protección de datos personales).

2) INTRODUCCIÓN SOBRE TERMINOLOGÍA. Entender qué es la violencia y el acoso en el mundo del trabajo con perspectiva de género(s)

Es necesario intensificar los esfuerzos para tratar las diversas manifestaciones de violencia y acoso en el mundo del trabajo. Si bien la terminología puede variar entre los diversos países el Convenio 190 aporta una definición consensuada a nivel global que utilizaremos en la presente encuesta y será complementada con las definiciones que aporta la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. El Convenio 190 define a la «violencia y acoso en el mundo del trabajo» como un “conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género”.
La violencia y el acoso pueden manifestarse de forma horizontal y vertical, y proceder de fuentes internas y externas (incluidos los clientes y otras terceras partes y las autoridades públicas) en el sector público o privado, o en la economía formal o informal y a nivel urbano o rural.
Se habla del “mundo del trabajo” ya que el Convenio 190 y la Recomendación 206 llaman a abordar aquella violencia y acoso que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo. Se considera que el mundo del trabajo no sólo abarca el lugar de trabajo físico tradicional, sino también el trayecto hacia y desde el trabajo, los eventos sociales relacionados con el trabajo, incluso los realizados por medio de tecnologías de la información y de la comunicación, los espacios públicos que no sean lugares de trabajo.  
Se entiende (y entenderá a los fines del cuestionario) a la violencia y acoso ejercidos por terceros/as, de acuerdo a la definición del Convenio 190, a clientes, pacientes, proveedores, familiares, etc.  
La violencia doméstica y otras formas de violencia y acoso son pertinentes para el mundo del trabajo ya que tienen un impacto en el mismo y por ende los actores del mundo del trabajo están llamados a reconocer dichos efectos y mitigar su impacto y por ello será considerada en la presente encuesta.

3) MODALIDADES DE VIOLENCIA Y ACOSO DE GÉNERO(S)

De acuerdo al Convenio 190, se entiende por violencia y acoso por razón de géneros, a aquella dirigida “contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual”
Entenderemos por modalidades, de acuerdo a la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia y/o acoso de género(s) en los diferentes ámbitos. Quedando comprendidas en este estudio aquellas que tienen relación y afectación con el trabajo, como son las siguientes:

Doméstica: ámbito en el que la violencia y el acoso es ejercida por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, y entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.

Institucional: ámbito en donde la violencia y el acoso es ejercida por funcionarios/as, profesionales, personal, dirigentes, miembros de base y/o colegas pertenecientes a cualquier instancia de la organización, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres y grupos en condición de vulnerabilidad desarrollen su trabajo profesional y/o político.

Laboral: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres o grupos en condición de vulnerabilidad en el mundo del trabajo quebrantar el derecho de igual remuneración por trabajo de igual valor.

4) TIPOS Y CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA EN EL MUNDO DEL TRABAJO

Tipos de violencia en el mundo del trabajo

Agresión física: Toda conducta que, directa o indirectamente, esté dirigida a ocasionar un daño físico sobre el/la trabajador/a.

Acoso sexual: Toda conducta o comentario reiterado con connotación sexual basado en el poder, no consentido por quien lo recibe.

Acoso psicológico (también denominado moral o mobbing): Situación en la que una persona o grupo de personas ejercen un maltrato modal o verbal, alterno o continuado, recurrente y sostenido en el tiempo sobre un trabajador/a buscando desestabilizarlo/a, aislarlo/a, destruir su reputación, deteriorar su autoestima y disminuir su capacidad laboral para poder degradarlo/a y eliminarlo/a progresivamente del lugar que ocupa.

Consecuencias de la violencia en el mundo del trabajo:

En el trabajador/a: afecta su salud psicofísica y puede producir consecuencias negativas en sus relaciones sociales en general y familiares en particular.

En la organización: produce malestar entre los trabajadores/as, disminución en la productividad, desaprovechamiento de capacidades, pérdidas económicas, desprestigio social.

En la sociedad: consolida la discriminación, favorece el descreimiento en las instituciones y en la justicia.



Sign in to Google to save your progress. Learn more
Next
Clear form
Never submit passwords through Google Forms.
This content is neither created nor endorsed by Google. Report Abuse - Terms of Service - Privacy Policy