Iniciativa Popular - Proyecto de Ley
Eliminación de privilegios económicos de la dictadura a la Iglesia Católica Apostólica Romana

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de Ley:

Art 1º.- Deróganse los decretos ley 21.540, 21.950, 22.430, 22.162, 22.552 y 22.950.

Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

A 40 años de finalizada la la dictadura genocida de 1976-1983 proponemos derogar 6 (seis) leyes de los gobiernos de facto que conceden privilegios económicos al clero de la Iglesia Católica. Sus beneficiarios son  arzobispos, obispos, sacerdotes y la formación del clero católico (seminaristas). Esas normas de la dictadura disponen que el gasto que demande su cumplimiento se tomará de Rentas Generales u otros fondos públicos estatales.

El presente proyecto de ley ha sido elaborado por Organizaciones Laicistas Argentinas (OLA), un espacio pluralista y federal que agrupa a más de medio centenar de agrupaciones de un amplio arco de representatividad, del ámbito de los derechos humanos, sociales, culturales, políticas, de pueblos originarios, feministas y de la diversidad sexual, religiosas y ateas. Como lo señala su declaración fundacional: “El laicismo es un componente indispensable de la democracia para avanzar en el camino hacia una real igualdad. El hecho de que personas con diversas posturas políticas y cosmovisiones podamos confluir en bregar por la laicidad real del Estado argentino reafirma que éste es un objetivo transversal”. Es por ello que se invita a todos los bloques políticos que integran la Cámara de Diputados a acompañar con su firma, dar tratamiento y aprobar este proyecto.

En marzo de 2018, con motivo del informe del entonces jefe de gabinete al Congreso de la Nación, se volvió a poner en debate público la cuestión del financiamiento estatal a la Iglesia Católica Apostólica Romana, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. En ese ejercicio, recibió unos $ 130 millones.

En noviembre de ese mismo año, tras varias reuniones con el Poder Ejecutivo, la Conferencia Episcopal Argentina (CEA) se comprometió a la reducción gradual de tales subsidios: “Los obispos reunidos en la 116° Asamblea Plenaria han confirmado aceptar el reemplazo gradual de los aportes del Estado (asignaciones a los obispados, becas para los seminaristas y parroquias de frontera), por alternativas basadas en la solidaridad de las comunidades y de los fieles, asumiendo el espíritu de las primeras comunidades cristianas, que ponían lo suyo en común (Hechos de los Apóstoles 2,44)”, dice su comunicado de prensa.

No obstante dicho compromiso público, los subsidios se mantienen. Por ejemplo, la Ley de Presupuesto nacional 2021 dispuso subsidiar a 153 obispos y arzobispos, 640 sacerdotes y 1.200 seminaristas, lo que totalizó $ 203.572.246. El Proyecto de Presupuesto nacional 2022 propuso subsidiar a 153 obispos y arzobispos, 640 sacerdotes y 1.100 seminaristas, lo que totaliza $ 202.072.246. Y el reciente Proyecto de Presupuesto nacional 2023 plantea para los mismos beneficiarios que el año anterior una partida de $ 188.736.068.

Tales erogaciones, a las que cabe sumar las exenciones fiscales, los subsidios educativos y otras ayudas de carácter nacional, provincial y municipal que perciben la Iglesia Católica y sus instituciones, todo ello a costa del erario público que mediante los impuestos solventamos el conjunto de habitantes del país, son un privilegio económico que es preciso anular cuanto antes. Máxime considerando su ilegitimidad antidemocrática de origen: decretos-ley impuestos a sangre y fuego por la última dictadura militar genocida, que asoló nuestro país entre 1976 y 1983.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  Estas normas dictatoriales imponen una clara situación discriminatoria. Como se señaló antes, las erogaciones estatales provienen de todas las personas que habitan la nación, sin distingo de creencias y convicciones. Cuando el peso del sostén recae en el conjunto y no en quienes lo aprovechan en razón de sus creencias y convicciones personales, se vulnera gravemente el principio de igualdad y de no discriminación, reconocido en el artículo 16 de nuestra Carta Magna y en numerosos tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional: Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 1 y 7; Convención Americana sobre Derechos Humanos, art. 1; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 26; Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, art. 2.2; Convención sobre eliminación de toda las formas de discriminación contra la mujer, art. 1.

A la vez, las asignaciones al clero católico implican un claro menoscabo al sistema democrático, constitucionalmente centrado en los partidos políticos y las contiendas electorales (CN, art. 38). Más allá de toda valoración, la historia de nuestro país enseña numerosas situaciones en las que el debate político y legislativo estuvo atravesado por la voz oficial de la Iglesia Católica en asuntos controvertidos (por caso, las leyes de divorcio, matrimonio igualitario, interrupción voluntaria del embarazo y otras). Desde ya, como cualquier otra institución, ésta tiene derecho a expresar sus opiniones. Sin embargo, los beneficios económicos que le han sido conferidos por dictaduras establecen un claro desequilibrio en su favor. Estos privilegios que solventa el Estado menoscaban la igualdad que se supone inherente al sistema democrático y republicano vigente en nuestro país.

Asimismo, con motivo de celebrarse en 2023 el 40º aniversario de la vuelta al orden democrático constitucional, es sin duda alguna una excelente oportunidad para seguir dejando atrás y definitivamente en la historia otra parte de la herencia dictatorial que aún persiste en el presente.


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