Reporte Ley 21.015 Inclusión laboral de personas con discapacidad
De acuerdo a la Ley N°21.015 y su Reglamento para el sector público, los organismos de la Administración del Estado deben reportar su cumplimiento en enero de cada año respecto a los siguientes aspectos:
- Selección preferente de personas con discapacidad
- A lo menos un 1% de la dotación anual deberán ser personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez, en las instituciones que tengan 100 o más trabajadores (No se considera personal a honorarios).

La presente consulta estará disponible del 14 de enero al 01 de marzo de 2022, y está dirigida sólo a las Municipalidades. Se deben considerar en un único formulario todas sus áreas y departamentos (salud, educación, entre otras), SIEMPRE Y CUANDO NO SEAN CORPORACIONES.

Las Corporaciones Municipales, al ser organismos privados, deben entregar su reporte en la plataforma de la Dirección del Trabajo en el siguiente portal: https://tramites.dirtrab.cl/registroempresa/

Los Servicios Locales de Educación Pública y el resto de los organismos de la Administración del Estado deben entregar su reporte a través de la plataforma del Servicio Civil https://reportabilidadgp.serviciocivil.cl

Ante cualquier duda, dirigirse al correo electrónico consultaleyinclusion@senadis.cl


De acuerdo al Reglamento para el sector público, los organismos que no cumplan, o cumplan parcialmente, con la cuota contratación de un 1% de personas con discapacidad y/o asignatarias de pensión de invalidez, podrán excusarse por razones fundadas.

Para excusarse, la jefatura de servicio deberá presentar un informe fundado entre el 01 de abril y el 29 de abril del 2022, a través del siguiente link: https://forms.gle/VxaTyKY88HuenfRH9
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