Ley del impuesto específico sobre la distribución de bebidas
Instrucciones
Este cuestionario tiene un valor de 100 puntos y el objetivo es poner en práctica los conocimientos adquiridos mediante la capacitación.  Para obtener el diploma respectivo al tema, tiene que aprobar la evaluación con un mínimo de 70 puntos.  Al aprobar recibirá al correo electrónico que registre al momento de llenar este formulario, el diploma correspondiente.
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NIT (sin guion), CUI (DPI) *
Primera Serie
Instrucciones: a continuación, se le presentan varios enunciados donde deberá seleccionar Falso o Verdadero según corresponda.  Por cada respuesta que esté correcta se le asignarán 10 puntos.

1.       La naturaleza del impuesto regulado en el Decreto Número 09-2002, es gravar la distribución en el territorio nacional, de las bebidas establecidas en la ley, tanto de producción nacional o que sean importadas.

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2.       Están exentas del impuesto, las importaciones o internaciones de bebidas, que efectúen los organismos internacionales a los que se les haya otorgado exención de impuestos, de acuerdo con convenios suscritos entre el Gobierno de la Republica de Guatemala y dichos organismos.

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3.       La base imponible del impuesto específico sobre la distribución de bebidas se determina por la cantidad de litros de las bebidas establecidas en la ley, tanto de producción nacional como importado.

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4.       Para efectos de aplicación y determinación del impuesto, la unidad de medida es el litro:

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5.       Las tarifas del impuesto de la ley se aplican de acuerdo con el tipo de bebida, de conformidad con la partida y fracción arancelaria que le corresponda y varía entre los Q. 0.08 y Q.018 por litro:

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Segunda Serie:

6.       Están afectos al impuesto de la ley del impuesto específico sobre la distribución de bebidas: 

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7.       El impuesto que establece el Decreto Número 09-2002, se genera cuando se produzca el siguiente motivo:

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8.       Los sujetos pasivos que sean fabricantes o importadores deberán declarar el impuesto establecido de forma:

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9.       Es el formulario correspondiente para declaración jurada y recibo de pago del impuesto relativo a la distribución de bebidas:

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10.       El distintivo de control de productos importados podrá adherirse, imprimirse o incorporarse a los respectivos envases y deberá incluir la leyenda:

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