Autorización para la publicación de imágenes durante tu actividad
El derecho a la propia imagen está reconocida en el artículo 18 de la Constitución y regulación por la Ley 1/1982, de 5 de mayo, y la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y la propia imagen.
La Ley de Protección de Datos nos obliga a disponer de la autorización para publicar sus fotos, en las que aparece individualmente o en grupo, en las actividades contratadas.
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